La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó las nuevas escalas del monotributo, que comenzarán a regir desde el 1 de agosto con una actualización del 16,8% en los topes de facturación y en las cuotas mensuales. Los contribuyentes tendrán tiempo hasta el 5 de agosto para realizar la recategorización sin multas ni sanciones.
Los nuevos valores se reflejarán en el pago mensual con vencimiento el 20 de agosto.
Quiénes deben recategorizarse
ARCA informó que deberán revisar su categoría quienes hayan registrado cambios en los últimos 12 meses en alguno de estos parámetros:
- Ingresos brutos.
- Alquileres devengados.
- Superficie afectada a la actividad.
- Consumo de energía eléctrica.
En cambio, no deberán realizar el trámite quienes mantengan los mismos parámetros del semestre anterior o quienes aún no hayan cumplido seis meses desde el inicio de su actividad. Además, continúa disponible la recategorización simplificada, que permite visualizar automáticamente la facturación registrada y agilizar el procedimiento.
Nuevas escalas de facturación
Con la actualización, los límites anuales de facturación quedaron establecidos entre $12.009.410,45 para la categoría A y $126.610.838,75 para la categoría K.
También aumentaron las cuotas mensuales. Desde agosto, los importes irán desde $49.527,18 para la categoría A hasta $1.614.446,04 para la categoría K en el caso de los prestadores de servicios, mientras que para la venta de bienes los valores oscilarán entre $49.527,18 y $702.103,24, según la categoría.
Cómo hacer el trámite
La recategorización del monotributo se realiza de manera online a través del portal de ARCA, ingresando con CUIT y Clave Fiscal. Luego se debe acceder al servicio Monotributo, seleccionar la opción “Recategorizarme”, verificar los datos, actualizar la información si corresponde y confirmar el trámite.
Qué ocurre si no se realiza
El organismo recordó que puede efectuar una recategorización de oficio cuando detecta diferencias entre la categoría declarada y la información fiscal disponible. Para ello analiza datos como compras, gastos, acreditaciones bancarias y facturación.
En esos casos, la notificación llegará al Domicilio Fiscal Electrónico y el contribuyente tendrá la posibilidad de presentar una apelación mediante el servicio Presentaciones Digitales, dentro de los plazos previstos por la normativa.
La actualización del régimen busca adecuar las escalas a la inflación acumulada durante el primer semestre y evitar que pequeños contribuyentes queden excluidos del sistema por el incremento generalizado de los precios.












