24 julio, 2026 10:25

La Justicia ratificó la cautelar ambiental en Costa Pobre

La Cámara rechazó un recurso y confirmó la cautelar que impide intervenir en Costa Pobre hasta contar con estudios y autorizaciones ambientales.

La Cámara de Apelaciones resolvió rechazar el recurso presentado por el abogado Marcelo Dileo, defensor del empresario Carlos Bauzas, y ratificó la medida cautelar ambiental que impide realizar intervenciones en la zona de Costa Pobre.

De esta manera, el tribunal confirmó la prohibición de innovar en el predio, ordenando el cese del desmonte, movimiento de suelo y cualquier tipo de obra, hasta tanto se presenten los informes de impacto ambiental correspondientes y se obtengan las autorizaciones legales necesarias.

En su resolución, los jueces consideraron que la medida resulta legítima, necesaria y proporcionada, ya que tiene como objetivo preservar el estado natural del lugar hasta contar con información técnica y legal clara sobre las tareas desarrolladas. En ese sentido, advirtieron que la continuidad de los trabajos podría generar un impacto ambiental irreversible.

Asimismo, el fallo señaló que la cautelar no vulnera el derecho de propiedad, sino que limita temporalmente la ejecución de obras en resguardo del interés colectivo. Recordaron que este derecho no es absoluto y debe armonizarse con el derecho constitucional a un ambiente sano.

Antecedentes del caso

El conflicto judicial se originó a partir de denuncias que alertaron sobre movimientos de suelo, uso de maquinaria pesada y modificaciones en accesos, sin contar con estudios ambientales aprobados.

Durante inspecciones realizadas en el lugar, se constató la presencia de equipos y daños en el terreno, lo que motivó la intervención judicial y el dictado de la medida cautelar preventiva.

En ese marco, el tribunal destacó la aplicación del principio de precaución ambiental, que obliga a actuar de manera preventiva ante posibles riesgos, aun cuando no exista certeza científica plena, priorizando la protección del entorno natural.

La postura de la defensa

Desde la defensa de Bauzas se había solicitado el levantamiento de la cautelar, al considerar que carecía de fundamentos técnicos suficientes. Sostuvieron que no se comprobó la existencia de desmontes de bosques nativos ni delitos ambientales, y que la empresa ORAMAC es legítima propietaria del predio.

Además, argumentaron que las tareas realizadas —como la remoción de obstáculos— se encuadran dentro del ejercicio regular del derecho de propiedad, y cuestionaron la verosimilitud del derecho invocado y el peligro en la demora.

Sin embargo, la Cámara desestimó estos planteos y entendió que, ante la ausencia de estudios ambientales y autorizaciones formales, corresponde mantener la prohibición vigente.

Un fallo con impacto ambiental

Con esta decisión, la Justicia reafirmó la necesidad de contar con evaluaciones ambientales previas y controles adecuados antes de autorizar obras de envergadura, consolidando un criterio de protección ambiental y desarrollo sostenible en la zona de Costa Pobre.

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