28 julio, 2026 04:59

La Justicia ordenó paralizar las obras del proyecto portuario en Costa Pobre

La Justicia ordenó suspender las obras del proyecto Puerto Multimodal Ramallo en Costa Pobre por falta de estudios ambientales y audiencia pública. Detalles del fallo judicial.

La Justicia resolvió ordenar la suspensión inmediata de todas las obras, desmontes y movimientos de suelo vinculados al proyecto denominado “Puerto Multimodal Ramallo”, que se venían desarrollando en la zona de Costa Pobre, en el partido de Ramallo. La medida fue adoptada en el marco de una causa penal y se instrumentó a través de una cautelar de “no innovar”, que prohíbe cualquier tipo de intervención hasta tanto se cumpla con la totalidad de los requisitos legales y ambientales vigentes.

Según lo dispuesto en la resolución judicial, las actividades deberán permanecer detenidas hasta que los responsables del emprendimiento presenten y obtengan las autorizaciones correspondientes, entre ellas la Declaración de Impacto Ambiental (DIA). La normativa aplicable exige el cumplimiento de la Ley Provincial N° 11.723 de Protección del Medio Ambiente, la Ley Nacional de Bosques Nativos N° 26.331, su adhesión en la provincia de Buenos Aires mediante la Ley N° 14.888, además de los permisos provinciales y nacionales requeridos para proyectos de gran escala.

Uno de los puntos centrales analizados en la causa es la inexistencia de una Evaluación de Impacto Ambiental debidamente aprobada, procedimiento que contempla de manera obligatoria la realización de una Audiencia Pública. Esta instancia garantiza la participación ciudadana previa a la autorización de emprendimientos con potencial impacto ambiental significativo. En el caso de Costa Pobre, dicha audiencia no fue convocada, lo que implica una vulneración al derecho de la comunidad a acceder a la información, expresar su opinión y participar en decisiones que afectan su entorno y su calidad de vida.

La ausencia de estos pasos formales constituye una irregularidad administrativa y legal de gravedad. En este contexto, la causa también pone bajo cuestionamiento el rol del Municipio de Ramallo, al que se le atribuye haber permitido —por acción u omisión— el avance de trabajos sin los controles ambientales exigidos, incumpliendo su deber de prevención y resguardo del ambiente.

La medida cautelar fue dictada a partir de una presentación impulsada por la organización Unidos por la Vida y el Medio Ambiente (UPVA), junto a vecinas y vecinos de Costa Pobre. Desde hace meses, los denunciantes vienen alertando sobre desmontes no autorizados, movimientos de suelo irregulares, situaciones de hostigamiento y un riesgo ambiental y social significativo en un área reconocida como bosque nativo y humedal, donde además habita una comunidad con fuerte arraigo histórico.

El Juzgado interviniente consideró acreditados la verosimilitud del derecho invocado y el peligro en la demora, priorizando la protección del ambiente, los bienes comunes y los derechos de las familias que viven en la zona. El fallo busca evitar daños irreversibles mientras se determina la legalidad del proyecto portuario.

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