21 enero, 2025 08:51

Ambientalistas denuncian que la justicia beneficia a productores agrícolas en la zona de islas

La ONG Unidos por la Vida y el Medio Ambiente publicó un comunicado dando a conocer la decisión del Juez Federal Federico Martin, que beneficia a empresarios agrícolas para la explotación agrícola en la zona de islas frente a Ramallo, en detrimento de las restricciones que imponen leyes de protección ambiental.

La ONG Unidos por la Vida y el Medio Ambiente publicó un comunicado dando a conocer la decisión del Juez Federal Federico Martin, que beneficia a empresarios agrícolas para la explotación agrícola en la zona de islas frente a Ramallo, en detrimento de las restricciones que imponen leyes de protección ambiental.

Comunicado de UPVA:

Este martes 28 de marzo, se conoció la resolución del Juez Federal Federico Ángel Claudio Martin resolvió dar lugar al pedido del empresario Fabio Di Fonzo para poder retirar la cosecha de maíz que tiene en una de las Islas Lechiguanas, frente a Ramallo.

En 2020, UPVA denunció el accionar de los empresarios Fabio Di Fonzo y Juan Pedro Nazar por las actividades desarrolladas en las Islas Lechiguanas a través de la empresa El Mapuche SRL. En esta zona, el empresario Nazar, decidió cerrar un canal que servía de paso a los vecinos isleros, levantar un terraplén y sembrar. Esto representó un gran impacto en términos ambientales: hay alteración del suelo, afectación del ecosistema del humedal, la destrucción de la flora y la fauna y el impacto en la cuenca hídrica. De esta manera, se hace evidente que las actividades emprendidas violan diversos puntos de la legislación argentina, por ejemplo, la Ley 25675, Ley General de Ambiente que reconoce que el Estado debe “Asegurar la preservación, conservación, recuperación y mejoramiento de la calidad de los recursos ambientales, tanto naturales como culturales, en la realización de las diferentes actividades antrópicas”. Ante este atropello a la naturaleza y la falta de regulación por parte del Estado nacional, provincial y municipal, UPVA decide presentar una medida cautelar para que se detengan las actividades de explotación agrícola hasta tanto no se tomen las acciones necesarias para garantizar la debida protección ambiental.

De este modo, en 2020, el Juzgado Federal de Paraná 2, dio lugar a esta petición y estableció algunas cuestiones favorables para la conservación del ecosistema en cuestión. Así, el Juzgado resolvió, entre otras cosas, la prohibición de acciones humanas que alteren el medio ambiente como quema, construcción, modificación o mantenimiento de diques y terraplenes de cualquier naturaleza; además también prohibió el uso en las islas lechiguanas de productos químicos y exigió al empresario que estos se retiren del territorio junto con las maquinarias de siembra y remoción del suelo. Al mismo tiempo, se determinó que Di Fonzo y Nazar debían hacer un inventario de todas las maquinarias agrícolas presenten en las islas y la prohibición de llevar nuevamente este tipo de herramientas a esta zona.

Lamentablemente, hoy 2023, esta resolución parece quedar en el olvido, la justicia da un cimbronazo a favor de Di Fonzo, un cimbronazo que no solo le da un visto bueno y avala el accionar de este empresario en particular, sino de todos los empresarios que desarrollan actividades de manera irregular, ilegal e irresponsable. El Juez Federal Federico Martin dio lugar a un pedido del empresario para poder sacar de las islas el cereal sembrado y cosechado en este territorio. Si bien es cierto que nuestra legislación no prohíbe expresamente este tipo de actividad en esta zona en particular, sí es real que, para llevarla a cabo, se violaron leyes y principios ambientales de carácter nacional e internacional. Al mismo tiempo, permite el ingreso de la maquinaria pertinente, lo que echa por tierra todo lo establecido en la resolución judicial mencionada anteriormente.

Otra cuestión preocupante de esta resolución judicial tiene que ver con la decisión del Juez Martin de pasar por alto la recomendación de la Unidad de Información Financiera (UIF) en cuanto al dinero obtenido de la comercialización de la cosecha. La UIF había recomendado embargar la ganancia y hacer que se deposite en una cuenta judicial. Sin embargo, este fallo no considera este punto, lo que le permite al empresario percibir ganancias de la comisión de este delito.

Demás está decir que, ante las incontables irregularidades llevadas a cabo por la empresa El Mapuche SRL para explotar el terreno insular, con esta resolución judicial, queda demostrado que el quebrantamiento de la ley no tiene consecuencias concretas que pudieran desalentar las actividades extractivistas totalmente descuidadas en un terreno de alta riqueza natural. La justicia no solo permite que el producto se extraiga sin problemas, sino que también con este tipo de decisiones avala y fomenta el accionar ilegal e irresponsable de los productores.

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